Tras una negociación de meses entre el Parlamento Europeo, los gobiernos nacionales y la Comisión europea, las autoridades europeas han logrado llegar a un acuerdo para que el Certificado Digital COVID de la UE entre en vigor el 1 de julio. El objetivo era claro, llegar al verano con “una herramienta para recuperar la movilidad”, para simplificar trámites y agilizar la llegada a la normalidad.
¿En qué consistirá finalmente el certificado?
El controvertido Certificado, es un documento gratuito y universal emitido por las comunidades autónomas que, con los datos personales mínimos, aclare si la persona ha sido vacunada (cuándo, dónde y con qué vacuna), si ha superado la enfermedad en los seis meses anteriores y tiene anticuerpos y los resultados de las PCR que se haga. Todo con un código QR que podrá ser digital o estar impreso en papel.
Funcionará durante doce meses e incluirá tanto las vacunas aprobadas por la Agencia Europea de Medicamentos (Pfizer-BioNTech, Moderna, AstraZeneca y Jannsen) como aquellas aprobadas solo por algún país miembro (como en el caso de Hungría que ha aprobado también la vacuna rusa Sputnik V y la china de Sinopharm). No obstante, cada país podrá decidir si considera válidas éstas últimas. Sea como sea, el Certificado no será obligatorio para viajar y sencillamente pretende simplificar procesos.
¿Permitirá moverse por toda la UE? Sí y no. Tal y como se recoge en el texto pactado (y que será refrendado la semana que viene) los países de la UE, como norma general, no podrán ni deberán exigir una PCR o una cuarentena obligatoria a quien disponga del certificado de vacunación. El énfasis es nuestro porque en la práctica el acuerdo deja un espacio enorme a que cada país actúe como crea conveniente según su situación epidemiológica concreta.
Es cierto que habrá criterios objetivos, pero todo parece indicar que el texto ha sido cuidadosamente redactado para que los Estados puedan hacer y deshacer sin más condicionantes que “notificar a sus socios y a la Comisión Europea con 48 horas de antelación” y justificar “las razones para imponer (las restricciones), su alcance, su duración y qué portadores del certificado quedan sujetos o exentos” de ellas.
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Y recuerda… “No asumas NADA, cuestiona TODO”.
Redacción Anwo.life